{"id":36,"date":"2006-07-10T19:07:29","date_gmt":"2006-07-10T23:37:29","guid":{"rendered":"http:\/\/panfletonegro.com\/v\/2006\/07\/10\/los-factores-reales-de-poder-en-la-constitucion-de-1991\/"},"modified":"2009-07-12T19:15:08","modified_gmt":"2009-07-12T23:45:08","slug":"los-factores-reales-de-poder-en-la-constitucion-de-1991","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/2006\/07\/10\/los-factores-reales-de-poder-en-la-constitucion-de-1991\/","title":{"rendered":"LOS FACTORES REALES DE PODER EN LA CONSTITUCI\u00d3N DE 1991"},"content":{"rendered":"<p>Hoy,  15 a\u00f1os despu\u00e9s de ser promulgada la constituci\u00f3n pol\u00edtica de Colombia de 1991, se puede decir sin temor a equivocarse que el constitucionalismo colombiano ha sido y sigue siendo, un constitucionalismo aparente, y, que pese a los avances formales y algunos reales que la constituci\u00f3n colombiana vigente trajo con sigo, en ella, en su filosof\u00eda pol\u00edtica y sobretodo en los factores que determinaron dicha filosof\u00eda se puede encontrar el rastro de su fracaso para solucionar la ca\u00f3tica situaci\u00f3n que desde los ochentas caracteriza a Colombia.<br \/>\nDesde la declaraci\u00f3n de Independencia hasta hoy se han ensayado una gran cantidad de Constituciones[1], sin que por ello alguna de ellas  haya generado la solidez material y social que permita el desarrollo de una verdadera democracia o, al menos, el surgimiento de un Estado m\u00ednimamente estable, como pretend\u00edan aquellos que, frete a las diferentes crisis nacionales, respond\u00edan con una nueva constituci\u00f3n imaginando, seguramente, que con ello se resolver\u00eda autom\u00e1ticamente, como por arte de magia, la crisis nacional de turno.<br \/>\n<!--more-->Semejante pensamiento, por dem\u00e1s legulellesco,  se olvida de dos asuntos de vital importancia para  que una constituci\u00f3n tenga alg\u00fan efecto. Primero: que, como se\u00f1ala Ferdinand Llassalle,[2]  la esencia de una constituci\u00f3n, aquello que la hace real y efectiva, son los factores reales de poder, sin los cuales \u00e9sta se convierte en \u201cuna hoja de papel\u201d y, segundo: que para que se puedan garantizar los derechos proclamados en una Constituci\u00f3n,  hace falta que la estructura estatal que pretende garantizarlos se simiente en una sociedad fuerte, compuesta de ciudadanos portadores de virtudes c\u00edvicas que <em>\u201cvean en el orden constitucional y legal un proyecto colectivo de vida, dotado  de sentido y valor y no simplemente ret\u00f3rica jur\u00eddica , pues deben considerar sus instituciones pol\u00edticas como fruto de un acuerdo democr\u00e1tico y no de una imposici\u00f3n extra\u00f1a\u201d<strong>[3]<\/strong><br \/>\n<\/em><\/p>\n<p>Con la Constituci\u00f3n de 1991, hasta ahora ha sucedido lo mismo que con las constituciones y reformas anteriores: Surge en medio de una grave crisis nacional y se espera de ella la soluci\u00f3n m\u00e1gica a los diversos problemas que afronta el pa\u00eds.<br \/>\nLa d\u00e9cada de los a\u00f1os ochenta, como todos los momentos hist\u00f3ricos que precedieron la proclamaci\u00f3n de una nueva constituci\u00f3n, fue catalogada como una d\u00e9cada de crisis nacional, que estuvo marcada por el fortalecimiento de la guerrilla, luego de que se rompieran los di\u00e1logos de paz iniciados en el gobierno de Belisario Betancourt, la guerra del narcotr\u00e1fico  en contra del Estado, el accionar de grupos paramilitares, la violencia pol\u00edtica y la falta de espacios democr\u00e1ticos para la participaci\u00f3n ciudadana.<br \/>\nPara 1990, a decir de Eduardo Pizarro, cuatro eran<em> \u201clos escenarios posibles\u201d<\/em>[4] de cambio para los a\u00f1os siguientes:<br \/>\n1.      Una polarizaci\u00f3n extrema que podr\u00eda conducir a una guerra civil<br \/>\n2.      Un continuismo conflictivo, es decir, el mantenimiento invariable de las instituciones con niveles de violencia soportables para el sistema pol\u00edtico<br \/>\n3.      Una modernizaci\u00f3n autoritaria,  como  en Brasil y Chile a partir de 1964 y 1973 respectivamente.<br \/>\n4.      Una modernizaci\u00f3n democr\u00e1tica, fundada en una apertura democr\u00e1tica y en la gestaci\u00f3n de un sistema pluralista.<br \/>\nEntre los cuatro escenarios posibles, que se acaban de mencionar, se opta por la modernizaci\u00f3n democr\u00e1tica del Estado, mediante una Asamblea Nacional Constituyente, por encima de salidas como la dictadura o la guerra civil.<br \/>\nAl respecto se\u00f1al\u00f3 Carlos Gaviria:<\/p>\n<p><em>\u201cCuando los hechos se desbordan, cuando la violencia se hace insoportable, entonces  el ciudadano com\u00fan lo que normalmente dice es \u201chace falta mano dura, que hace falta  que se impongan normas de una manera dr\u00e1stica\u201d.  Pero no, en ese momento se pens\u00f3 en una soluci\u00f3n distinta, en una soluci\u00f3n democr\u00e1tica: que se re\u00fana una Asamblea  Nacional Constituyente, que se re\u00fana una asamblea donde est\u00e9n representadas las etnias, ciertos grupos minoritarios, as\u00ed  la constituci\u00f3n no resulte un monumento a la gram\u00e1tica, como dicen que era la Constituci\u00f3n de 1886\u201d<strong>[5]<\/strong><br \/>\n<\/em><\/p>\n<p>Al finalizar los ochenta, varios sectores se pronunciaron en la perspectiva de  elaborar una nueva Constituci\u00f3n: el peri\u00f3dico \u201cEl Espectador\u201d  propuso en 1987, la realizaci\u00f3n de una Asamblea Nacional Constituyente,  luego, en 1988 \u00e9sta propuesta fue retomada por  el Presidente Virgilio Barco.  Posteriormente, un grupo de polit\u00f3logos y constitucionalistas propusieron un referendo  para hacer los cambios necesarios a la Constituci\u00f3n en vez de una Asamblea Constituyente.<br \/>\nPero fue en los primeros meses de 1990 cuando las iniciativas de realizar una Asamblea Nacional Constituyente tuvieron su impulso definitivo.  A partir de las manifestaciones de  silencio de estudiantes universitarios, causadas por el asesinato del candidato presidencial Luis  Carlos Gal\u00e1n  Sarmiento (16-01-89), se organiz\u00f3 un movimiento de respaldo a la realizaci\u00f3n de una Asamblea Nacional Constituyente, bajo el lema  <em>\u201ctodav\u00eda podemos salvar a Colombia\u201d;<\/em> propuesta que tuvo una amplia acogida nacional.<br \/>\nAs\u00ed, en las elecciones  del 11 de marzo de 1990 se introdujo la llamada s\u00e9ptima papeleta, con la idea de respaldar una convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente; sin embargo, los votos de la s\u00e9ptima papeleta, no fueron ratificados oficialmente sino hasta las elecciones presidenciales del 27 de mayo, luego de que la Corte Suprema de Justicia declarara constitucional el Decreto 927  que ordenaba contar los votos sobre la constituyente en las elecciones presidenciales.<br \/>\nFruto de los resultados obtenidos en las elecciones del  11 de marzo  y el 27 de mayo, se inicia en Colombia el proceso de conformaci\u00f3n de una Asamblea Nacional Constituyente, que sesionar\u00e1 entre el 5 de febrero  y el 4 de julio de  1991, con dos objetivos principales:<br \/>\n<em>1.      <\/em><em>\u201cQue democratice la vida pol\u00edtica de la naci\u00f3n, ante todo mediante la creaci\u00f3n de nuevos espacios para que puedan  participar validamente en la  vida p\u00fablica todos los sectores de opini\u00f3n  que as\u00ed lo deseen.   Que rompa las murallas y las capas de cemento que han hecho  que el Estado sea cada d\u00eda m\u00e1s impenetrable.<br \/>\n<\/em><em> <\/em><\/p>\n<p><em>2.      <\/em><em>Que modernice el aparato estatal y lo coloque en condiciones de cumplir, eficientemente,  sus atribuciones esenciales, con aceptables niveles de rendimiento en los campos econ\u00f3mico y social, gracias a las actividades que realice y, sobre todo, a las que promueva.\u201d<strong>[6]<\/strong><br \/>\n<\/em><\/p>\n<p>Antes, y durante los cinco meses de  trabajo de la Asamblea Nacional Constituyente se escucharon y discutieron propuestas de diversos sectores[7]<br \/>\nEntre los principales aportes que se le atribuyen  a la Constituci\u00f3n de 1991 se encuentran:  el haber servido como un instrumento  eficaz de paz y reconciliaci\u00f3n con algunos sectores guerrilleros: a la luz de la Asamblea Nacional Constituyente  se desmovilizaron varios grupos guerrilleros, el M-19, la fracci\u00f3n mayoritaria del E.P.L., el Quintin Lame y el P.R.T en 1990 y luego, en 1994 la corriente de renovaci\u00f3n socialista (un frente del E.L.N.), incorpor\u00e1ndose a la vida civil y constituyendo nuevas fuerzas pol\u00edticas.  El M-19, luego de firmar un acuerdo de paz, participa en las elecciones legislativas y presidenciales de 1990 y posteriormente en las elecciones a la Asamblea Nacional Constituyente, donde obtiene 19 de 70 puestos y una de las tres presidencias. El E.P.L., convertido en Esperanza Paz y Libertad, recibe dos puestos en la constituyente  y, finalmente, al Quint\u00edn Lame   y al P.R.T. se les otorga un puesto a cada uno pero sin derecho a voto[8]<br \/>\nAdem\u00e1s, se garantiza constitucionalmente  el respeto a las diferencias \u00e9tnicas y culturales, con lo cual se avanza notablemente en la secularizaci\u00f3n de las instituciones nacionales; se reconoce la propiedad de los pueblos ind\u00edgenas, la autonom\u00eda de sus gobiernos, el respeto a sus tradiciones y religi\u00f3n, as\u00ed mismo, se reconoce el respeto a la libertad de culto y la igualdad de \u00e9stos frente al Estado; se prohibe la extradici\u00f3n y refuerza la justicia, creando la figura de la Fiscal\u00eda Nacional como ente acusador;  se aprueba la p\u00e9rdida de investidura de Senadores y Representantes por: condenas penales, ausentismo, incompatibilidad, conflicto de intereses, etc.; se reemplaza el estado de sitio por el \u201c<em>estado de conmoci\u00f3n interior<\/em>\u201d que puede ser declarado por el Presidente, en acuerdo con todos sus ministros por 90 d\u00edas.  En el estado de conmoci\u00f3n, no se pueden suprimir los derechos fundamentales y el derecho internacional humanitario se aplica inmediatamente;  se crea la Corte Constitucional, encargada de hacer el control de constitucionalidad de todo decreto del ejecutivo, dictado bajo r\u00e9gimen de conmoci\u00f3n interior, y la Tutela, como mecanismo de protecci\u00f3n de los derechos fundamentales, con ella, cualquier persona puede demandar la protecci\u00f3n de sus derechos fundamentales violados, o incluso amenazados, ante cualquier juez de su jurisdicci\u00f3n.<br \/>\nSin embargo, hoy a 15  a\u00f1os de ser promulgada la Constituci\u00f3n de 1991 y pese a todas las esperanzas que diversos sectores colocaron en ella, en Colombia  contin\u00faan entronizados la anomia y el caos , el pa\u00eds sigue en la misma o en una situaci\u00f3n peor de violencia, de violaci\u00f3n de derechos humanos y de desigualdad social; con la diferencia de que hoy de los cuatro escenarios posibles que exist\u00edan  para la d\u00e9cada de los noventa el de la modernizaci\u00f3n democr\u00e1tica parece estar cada vez mas lejano mientras el de la guerra civil  y el de la modernizaci\u00f3n autoritaria parecen estar a la vuelta de la esquina.<br \/>\nLa actual Constituci\u00f3n contin\u00faa perpetuando entonces la tradici\u00f3n colombiana del constitucionalismo aparente, hasta el punto de que sus dos objetivos principales contin\u00faan lejos de cumplirse[9].<br \/>\nEsto, debido a que de nuevo el constituyente colombiano  se olvid\u00f3 de los dos asuntos, que se mencionaban antes, son necesarios para que una constituci\u00f3n tenga alg\u00fan efecto: que refleje los factores reales de poder y que exista una sociedad fuerte dotada de virtudes c\u00edvicas que sirva de cimiento al acuerdo constitucional.<br \/>\nObservando los factores reales de poder que participaron en la elaboraci\u00f3n de la constituci\u00f3n de 1991 y aquellos que se quedaron fuera de dicho acuerdo se puede tratar de entender el porque de su eclecticismo  y tambi\u00e9n el porque de su inoperancia real.<br \/>\nSeg\u00fan el esquema que propone el profesor Gilberto Tob\u00f3n Sanin en la asamblea nacional constituyente participaron tres sectores principales: la burgues\u00eda burocr\u00e1tica, la burgues\u00eda gansteril y la peque\u00f1a burgues\u00eda radical  adem\u00e1s de un peque\u00f1o sector de la burgues\u00eda industrial[10] ; ninguna de las cuales logro consolidarse como la \u201cclase dominante\u201d de la constituci\u00f3n de 1991 que impondr\u00eda a las dem\u00e1s sus intereses y su visi\u00f3n ideol\u00f3gica y cultural del mundo, sino que <em>\u201cante el colapso del estado, ante los embates del narcotr\u00e1fico y de la guerrilla, se trato de fundar un nuevo pacto social envuelto en la atm\u00f3sfera de una ideolog\u00eda contractualista, propia de la filosof\u00eda pol\u00edtica liberal del estado , otorg\u00e1ndole concesiones a ambos fen\u00f3menos sociales\u201d<strong>[11]<\/strong><\/em><br \/>\nLo cual permiti\u00f3 que esos sectores en el marco de un acuerdo promovido por el estado (la constituyente) plasmara en la constituci\u00f3n sus propios intereses; de ah\u00ed que esta postule tanto principios de corte socialdem\u00f3crata como neoliberal en lo econ\u00f3mico  y principios liberales y democr\u00e1ticos en lo pol\u00edtico, as\u00ed como mandatos de dudosa procedencia como la no extradici\u00f3n de nacionales (ya derogada) lo cual hace que la filosof\u00eda pol\u00edtica de la constituci\u00f3n de 1991 sea necesariamente ecl\u00e9ctica.<br \/>\nLa filosof\u00eda pol\u00edtica de una constituci\u00f3n, en tanto<em>,  \u201cconjunto de principios ideol\u00f3gicos que definen y configuran las relaciones entre Estado y sociedad y los derechos de los ciudadanos (derechos y garant\u00edas individuales y sociales) , las relaciones y divisiones entre las distintas ramas del poder p\u00fablico a trav\u00e9s de un conjunto de contrapesos y controles, , as\u00ed como qu\u00e9 ramas u \u00f3rganos del poder p\u00fablico son elegidos por votaci\u00f3n popular y por qu\u00e9 periodos\u201d<strong>[12]<\/strong> <\/em>deber\u00eda, seg\u00fan los discursos constitucionales mas tradicionales, ubicarse en la llamada parte dogm\u00e1tica de la constituci\u00f3n.  Sin embargo en el caso colombiano, adem\u00e1s del  pre\u00e1mbulo y el t\u00edtulo primero: \u201cDe los principios fundamentales\u201d la filosof\u00eda pol\u00edtica de la Constituci\u00f3n se expresa en diferentes t\u00edtulos y cap\u00edtulos de la llamada parte org\u00e1nica de la Constituci\u00f3n,[13][1] por ejemplo: T\u00edtulo II: De los derechos, las garant\u00edas y los deberes; particularmente el Cap\u00edtulo 4: De los derechos fundamentales (o derechos humanos); o el T\u00edtulo XXII: Del r\u00e9gimen econ\u00f3mico  y la hacienda p\u00fablica; en el Cap\u00edtulo I : De las disposiciones generales. En s\u00edntesis, nuestra Constituci\u00f3n presenta elementos socialdem\u00f3cratas, neoliberales y populistas a lo largo de su articulado, lo que hace de su filosof\u00eda pol\u00edtica una filosof\u00eda pol\u00edtica ecl\u00e9ctica.<br \/>\nAhora bien, si atender  los factores reales de poder que participaran en la elaboraci\u00f3n de la Constituci\u00f3n de 1991: el Estado (en tanto promotor), la burgues\u00eda burocr\u00e1tica, la burgues\u00eda \u201cgansteril\u201d  y la burgues\u00eda radical, ha sido \u00fatil para entender el porque del eclecticismo de la filosof\u00eda pol\u00edtica de la Constituci\u00f3n, tambi\u00e9n puede serlo para indagar por su inoperancia real.<br \/>\nSi bien en la Constituci\u00f3n de 1991 no se refleja el programa de una clase dominante, si se puede afirmar que es un acuerdo entre diferentes sectores de la burgues\u00eda  que dej\u00f3 fuera a otros muchos sectores sociales del pa\u00eds.<br \/>\nPor un lado, al haber quedado fuera de la Constituci\u00f3n de 1991 diferentes sectores nacionales, algunos de marcado poder de desestabilizaci\u00f3n  como las FARC-EP o el ELN, que hoy reclaman espacios similares para la reconstrucci\u00f3n de la institucionalidad en t\u00e9rminos que para ellos sean aceptables, ha hecho que  muchos no vean en el orden constitucional y legal vigente un proyecto de vida colectivo dotado de valor , lo cual ha imposibilitado un cimiento social  lo suficientemente fuerte para el mismo.<br \/>\nPor otro lado, las caracter\u00edsticas de los intereses y pr\u00e1cticas acumulativas de los sectores burgueses contratantes en la Constituci\u00f3n de 1991, los ha convertido en el sector m\u00e1s conservador de la Naci\u00f3n en la medida en que para nada le conviene a  los \u201ccapitalistas burocr\u00e1ticos y gansteriles\u201d que se modernice y democratice el Estado y, en consecuencia, se aleje de sus manos el bot\u00edn que los recursos de \u00e9ste significan; lo cual, como es de esperarse, ha hecho que la Constituci\u00f3n no sea mas que una \u201choja de papel\u201d  que en nada modifica la realidad social de Colombia.<br \/>\nHoy, con Constituci\u00f3n a bordo, continua perpetu\u00e1ndose la presencia dominante de clases y formas de acumulaci\u00f3n de capital parasitarias y coyunturales en detrimento de formas estructurales basadas en el esquema trabajo-salario-capital, necesarias para generar la firmeza material que requiere el Estado colombiano para desarrollar algunos de los puntos mas progresistas de la Constituci\u00f3n de 1991 y, en \u00faltimas, para hacer real eso de que  \u201cColombia es un Estado social de derecho\u201d como versa el art\u00edculo I de la Constituci\u00f3n Nacional.<br \/>\nBibliograf\u00eda<br \/>\n&#8211;         CAMARGO, Pedro Pablo.  Trayectoria y caracter\u00edsticas del derecho constitucional colombiano. Bogot\u00e1: Sociedad colombiana de abogados, 1974.<br \/>\n&#8211;         GAVIRIA DIAZ, Carlos. \u00c9tica y constituci\u00f3n.<br \/>\n&#8211;         MEMORIAS DEL ENCUENTRO DE CONSTITUYENTES.  La Constituci\u00f3n contra la violencia.  Bogot\u00e1: Ediciones Jur\u00eddicas Gustavo Ib\u00e1\u00f1ez, 1995.<br \/>\n&#8211;         OCAMPO LOPEZ, Javier. Qu\u00e9 es la constituyente.  Bogot\u00e1: Plaza y Janes, 1990<br \/>\n&#8211;         PIZARRO, Eduardo. Escenarios posibles de Colombia en los 90. Revista An\u00e1lisis pol\u00edtico, n\u00famero 10, mayo-agosto  de 1990<br \/>\n&#8211;         TOBON SAN\u00cdN, Gilberto. Estado, aparato jurisdiccional y constituci\u00f3n. Dos ensayos. Universidad Nacional de Colombia. 2001<\/p>\n<div>\n<hr \/>\n<div>[1] Solo en 1811 se expiden tres Constituciones de car\u00e1cter provincial: la de Cundinamarca, la  de Cartagena de Indias y la de Tunja; Luego de las tres Constituciones provincianas de 1811, Colombia conoce 9 Constituciones mas, antes de la Constituci\u00f3n de 1991: la de Antioquia en 1812, la de C\u00facuta en 1821, las Constituciones centralistas  de 1830, 32 y 43,    las Constituciones federalistas de 1853, 58, 63 y la llamada Constituci\u00f3n de N\u00fa\u00f1ez de 1886;  adem\u00e1s de las reformas de: 1905 (Rafael Reyes), 1910 (Carlos E Restrepo), 1936 (Alfonso L\u00f3pez Pumarejo), 1945 (Alfonso L\u00f3pez Pumarejo), 1957 (Gustavo Rojas Pinilla), 1968 (Carlos Lleras Restrepo).<\/div>\n<div>[2] LASSALLE, Ferdinand. \u00bfQu\u00e9 es una Constituci\u00f3n?  Ed. Universales. Bogot\u00e1 1999<\/div>\n<div>[3] TOBOPN SANIN, Gilberto. Estado aparato jurisdiccional y Constituci\u00f3n. Dos ensayos. Universidad Nacional de Colombia. P. 165<\/div>\n<div>[4] PIZARRO, Eduardo. Escenarios posibles de Colombia en los 90. Revista  An\u00e1lisis pol\u00edtico, n\u00famero 10, mayo-agosto de 1990<\/div>\n<div>[5] GAVIRIA DIAZ, Carlos. Etica y Constituci\u00f3n. P. 16<\/div>\n<div>[6] CASTRO CASTRO, Jaime. La Asamblea Constituyente una necesidad nacional. En: Qu\u00e9 es la constituyente.  Plaza &#038; James editores.  P. 130<\/div>\n<div>[7] \u201cLas deliberaciones de la Asamblea Nacional Constituyente estuvieron antecedidas de mas de ciento cincuenta mil (150.000) mesas de trabajo, creadas a instancias de la administraci\u00f3n del Presidente Gaviria y en ellas se presentaron alrededor de decientas sesenta mil (260.000) iniciativas ciudadanas, muchas de las cuales fueron la  base para la redacci\u00f3n  de varias disposiciones plasmadas con la nueva Constituci\u00f3n. Se trat\u00f3 de la m\u00e1s grande experiencia participativa de que se tenga memoria\u201d<br \/>\nMEMORIAS AL ENCUENTRO DE CONSTITUYENTES.  La Constituci\u00f3n contra la violencia.  Febrero 1995, Santa fe de Bogot\u00e1. Ediciones Jur\u00eddicas Gustavo Iba\u00f1es.  P. 11<\/div>\n<div>[8] Los puestos del E.P.L&#8230; P.R.T.  y Quintin Lame no son obtenidos por elecci\u00f3n popular sino que hab\u00edan sido reservados para estimular la dejasi\u00f3n de las armas.  Con estos puestos se completa un total de 74 constituyentes de los que 72 tienen voz y voto.<\/div>\n<div>[9] Pese a que se desbloque\u00f3 el bipartidismo en la administraci\u00f3n p\u00fablica, el clientelismo se perpet\u00faa en el Parlamento, en el ejecutivo e incluso, en el poder judicial; la actuaci\u00f3n pol\u00edtica contin\u00faa defendiendo intereses particulares y en general, despu\u00e9s de diez a\u00f1os de haberse consagrado constitucionalmente el principio de que Colombia es una Rep\u00fablica democr\u00e1tica, participativa y pluralista (Art. 1) , de que se creen mecanismos como el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria de mandato, no se puede decir que Colombia cuente hoy con mas espacios reales para la participaci\u00f3n democr\u00e1tica. As\u00ed mismo, pese a que en la constituyente participaron diversos sectores de la sociedad colombiana, incluidos algunos de la guerrilla (M-19, E.P.L., P.R.T. y Quint\u00edn Lame) no se puede sostener que la constituci\u00f3n  es considerada  como aceptable por todos los sectores de la sociedad y mucho menos, de la guerrilla.<\/div>\n<div>[10] Vid. Tob\u00f3n San\u00edn. Op. Cit. P, 185<\/div>\n<div>[11] Ib\u00edd. P.  219<\/div>\n<div>[12] Ib\u00edd&#8230; P. 199<\/div>\n<div>[13] Vid.  Tob\u00f3n. P. 199<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hoy, 15 a\u00f1os despu\u00e9s de ser promulgada la constituci\u00f3n pol\u00edtica de Colombia de 1991, se puede decir sin temor a equivocarse que el constitucionalismo colombiano ha sido y sigue siendo, un constitucionalismo aparente, y, que pese a los avances formales y algunos reales que la constituci\u00f3n colombiana vigente trajo con sigo, en ella, en su [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":25,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_feature_clip_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2},"jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-36","post","type-post","status-publish","format-standard","category-azares"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"","jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/pfpCD-A","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/36","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/users\/25"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=36"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/36\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=36"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=36"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=36"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}