{"id":31186,"date":"2012-10-27T21:23:51","date_gmt":"2012-10-28T01:53:51","guid":{"rendered":"http:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/?p=31186"},"modified":"2012-10-28T03:05:51","modified_gmt":"2012-10-28T07:35:51","slug":"rodriguez-chacin-la-candidatura-de-la-impunidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/2012\/10\/27\/rodriguez-chacin-la-candidatura-de-la-impunidad\/","title":{"rendered":"Rodr\u00edguez Chac\u00edn, la candidatura de la impunidad"},"content":{"rendered":"<div>\n<div><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone aligncenter\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/laclase.info\/sites\/default\/files\/images\/Ch%C3%A1vez%20y%20Rodr%C3%ADguez%20Chac%C3%ADn.jpg?resize=360%2C282\" alt=\"\" width=\"360\" height=\"282\" \/><\/div>\n<div style=\"text-align: left;\">por:\u00a0Provea<\/div>\n<\/div>\n<p>El Programa Venezolano de Educaci\u00f3n-Acci\u00f3n en Derechos Humanos (Provea) lamenta profundamente la decisi\u00f3n del Primer Mandatario Nacional de postular a Ram\u00f3n Rodr\u00edguez Chac\u00edn como candidato por el Gran Polo Patri\u00f3tico (GPP) a la gobernaci\u00f3n del estado Gu\u00e1rico, decisi\u00f3n que contradice la voluntad gubernamental de investigar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos ocurridas en el pasado. Como consta en el expediente del caso y es ratificado por los testimonios de los sobrevivientes, Ram\u00f3n Rodr\u00edguez Chac\u00edn es uno de los autores intelectuales de la llamada \u201cMasacre de El Amparo\u201d, ocurrida el 29 de octubre de 1988.<\/p>\n<p>Desde agosto del a\u00f1o 2009 familiares y sobrevivientes, con el apoyo de Provea, han solicitado una reuni\u00f3n con la ciudadana Fiscal General de la Rep\u00fablica, doctora Luisa Ortega D\u00edaz. La respuesta, hasta el d\u00eda de hoy, ha sido el silencio<\/p>\n<p>Como se recordar\u00e1 el Capit\u00e1n de Nav\u00edo Ram\u00f3n Rodr\u00edguez Chac\u00edn junto con el comisario Henry L\u00f3pez Sisco, entre otros, formaba parte en el a\u00f1o 1988 del Comando Espec\u00edfico Jos\u00e9 Antonio P\u00e1ez (CEJAP), responsable del asesinato de 14 personas el 29.10.88 en hechos que fueron conocidos como \u201cLa masacre de El Amparo\u201d, y de por lo menos el asesinato de 42 personas en operaciones previas, conocidas como \u201cLos Amparitos\u201d.<\/p>\n<p>Tres d\u00edas antes de la Masacre de El Amparo, el 25 de octubre de 1988, un helic\u00f3ptero del CEJAP se estrell\u00f3 mientras realizaba labores de inteligencia. Entre los heridos figuraba el Jefe Nacional de Operaciones de la DISIP, comisario Henry L\u00f3pez Sisco. En el resto de la tripulaci\u00f3n se encontraba el Capit\u00e1n de Nav\u00edo Ram\u00f3n Rodr\u00edguez Chac\u00edn. El accidente los imposibilit\u00f3 de estar presentes en el operativo denominado \u201cAnguila III\u201d, una operaci\u00f3n ejecutada finalmente por 19 funcionarios del Ej\u00e9rcito, la Disip y el Cuerpo T\u00e9cnico de Polic\u00eda Judicial. La presunta participaci\u00f3n intelectual de Rodr\u00edguez Chac\u00edn en la matanza del Ca\u00f1o La Colorada ha quedado plasmada en el expedientes del caso, n\u00famero 1644, folios 42, 43, 44 y 45, manejados en su momento por el Juzgado Militar de Primera Instancia Permanente del T\u00e1chira. Henry Salinas, inspector de la Divisi\u00f3n de Inteligencia Militar (DIM), declar\u00f3 ante la justicia militar \u201cfui testigo de que el R2 y el R3 del CEJAP, Teniente Coronel Clavijo Forero y el Capit\u00e1n de Nav\u00edo Ram\u00f3n Rodr\u00edguez Chac\u00edn, nos convocaron d\u00edas despu\u00e9s a \u201cHip\u00f3lito\u201d \u2013alias del inspector de la Disip Celso Rinc\u00f3n Fuentes- y a m\u00ed para hablar, una vez m\u00e1s, de preparar ese enfrentamiento\u201d. El 20.06.94 una sentencia de la Corte Marcial que investigaba las actuaciones del CEJAP, presidida por el General Ubaldo L\u00f3pez Barrios, dict\u00f3 un auto de detenci\u00f3n contra 11 funcionarios por su participaci\u00f3n material en Los Amparitos, entre ellos el Capit\u00e1n Rodr\u00edguez Chac\u00edn.<\/p>\n<p>Provea considera, cuando se cumplir\u00e1n este lunes 29 de octubre 24 a\u00f1os de la Masacre de El Amparo, un aval a la impunidad la postulaci\u00f3n de una persona responsable de uno de los casos emblem\u00e1ticos de violaci\u00f3n a los derechos humanos durante la d\u00e9cada de los 80\u00b4s. Asimismo lamentamos que el Consejo Nacional Electoral (CNE) legitimara esta decisi\u00f3n al permitirle a Chac\u00edn cambiar de centro de votaci\u00f3n fuera del lapso para hacer cambios en el Registro Electoral (RE).<\/p>\n<p>Diferentes elementos sugieren que la actitud gubernamental, en el caso de la Masacre de El Amparo, es garantizar la injusticia. Desde agosto del a\u00f1o 2009 familiares y sobrevivientes, con el apoyo de Provea, han solicitado una reuni\u00f3n con la ciudadana Fiscal General de la Rep\u00fablica, doctora Luisa Ortega D\u00edaz. La respuesta, hasta el d\u00eda de hoy, ha sido el silencio. Los peticionarios han solicitado que la reuni\u00f3n debe realizarse en la propia poblaci\u00f3n de El Amparo, debido a que una parte de los familiares de las personas asesinadas son de nacionalidad colombiana y no pudiesen participar en la misma si es convocada en Caracas. Por otra parte hasta la fecha no se conocen actuaciones del Ministerio P\u00fablico orientadas a proceder en el caso de la masacre de El Amparo. Similar omisi\u00f3n es imputable a la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>En enero de 2010 en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el Estado venezolano asumi\u00f3 el compromiso de abrir las investigaciones en la justicia ordinaria. La Corte indic\u00f3 que los funcionarios venezolanos deber\u00edan elaborar un cronograma detallado que indicara medidas concretas y lapsos para adelantar la investigaci\u00f3n. Dos a\u00f1os despu\u00e9s tal cronograma no se ha elaborado. M\u00e1s all\u00e1 de este compromiso, la Fiscal\u00eda est\u00e1 obligada a actuar por mandato de la Ley para Sancionar los Cr\u00edmenes, Desapariciones, Torturas y Otras Violaciones de los Derechos Humanos por Razones Pol\u00edticas en el Per\u00edodo 1958-1998. La ley indica que se debe identificar y sancionar a los autores intelectuales o materiales, venezolanos o venezolanas, extranjeros o extranjeras, que cometieron violaciones de derechos humanos y delitos de lesa humanidad, como expresi\u00f3n de pr\u00e1cticas de terrorismo de Estado.<\/p>\n<p>Provea exige a los poderes p\u00fablicos:<\/p>\n<p>1) La anulaci\u00f3n de la candidatura, de manera extraordinaria, de Ram\u00f3n Rodr\u00edguez Chac\u00edn a la gobernaci\u00f3n de Gu\u00e1rico.<\/p>\n<p>2) La realizaci\u00f3n de la reuni\u00f3n en la poblaci\u00f3n de El Amparo, solicitada por sobrevivientes y familiares, de representantes del Ministerio P\u00fablico y la Defensor\u00eda del Pueblo para realizar un cronograma de trabajo que garantice el derecho a la justicia en el caso.<\/p>\n<p>3) El cumplimiento de la sentencia que exige al Estado venezolano investigar y sancionar todos los responsables de la Masacre de El Amparo.<\/p>\n<p>4) Modificar la Ley para Sancionar los Cr\u00edmenes, Desapariciones, Torturas y Otras violaciones de los Derechos Humanos en el Per\u00edodo 1958-1998 para incluir un art\u00edculo que proh\u00edba la postulaci\u00f3n a cargos de elecci\u00f3n popular de personas denunciadas como participantes en violaciones a los derechos\u00a0humanos durante este per\u00edodo<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>por:\u00a0Provea El Programa Venezolano de Educaci\u00f3n-Acci\u00f3n en Derechos Humanos (Provea) lamenta profundamente la decisi\u00f3n del Primer Mandatario Nacional de postular a Ram\u00f3n Rodr\u00edguez Chac\u00edn como candidato por el Gran Polo Patri\u00f3tico (GPP) a la gobernaci\u00f3n del estado Gu\u00e1rico, decisi\u00f3n que contradice la voluntad gubernamental de investigar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos ocurridas [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1506,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2},"jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[6],"tags":[],"class_list":{"0":"post-31186","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","6":"category-confesionario"},"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"","jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/pfpCD-870","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/31186","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1506"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=31186"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/31186\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=31186"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=31186"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.panfletonegro.com\/v\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=31186"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}